Nuevo permiso por nacimiento y cuidado de menor

Nuevo permiso por nacimiento y cuidado de menor

Tras la publicación del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio el permiso queda configurado de la siguiente manera:

  • Cada progenitor/a tiene derecho a 19 semanas de suspensión del contrato de trabajo a
    cargo de la TGSS:
    6 semanas obligatorias interrumpidas tras el nacimiento, a jornada completa.
    11 semanas voluntarias que podrán disfrutarse de forma acumulada o fraccionada
    en periodos semanales hasta que el menor cumpla 12 meses o se cumplan 12 meses
    siguientes a la resolución judicial/administrativa de la adopción o acogimiento,
    ▪ 2 semanas adicionales para cuidado del menor, hasta que cumpla los 8 años de edad
  • En Familias Monoparentales. El permiso total será de 32 semanas: 6 obligatorias, 22
    voluntarias y 4 de cuidado parental.
    Para el disfrute de las 11 semanas + 2 semanas (22 semanas + 4 semanas en familias
    monoparentales) se requiere comunicación previa mínima de 15 días a la empresa y en el caso de solicitar el permiso de forma fraccionada (jornada parcial) se requiere acuerdo de la empresa y trabajador para su disfrute.
    El permiso es un derecho individual e intransferible entre progenitores.

Entrada en vigor y aplicación retroactiva:
▪ Nacimientos que se hayan producido con anterioridad al 31 de julio de 2025, disfrutarán
de 16 semanas de permiso por nacimiento.
▪ Nacimientos posteriores al 30 de julio de 2025 disfrutarán de 17 semanas de permiso por
nacimiento.
▪ Las 2 semanas (4 en caso de monoparentalidad) del permiso/suspensión/prestación por
cuidado del menor (se aplicarán a los nacimientos/asimilados producidos a partir del 2 de
agosto de 2024, siendo que el disfrute de dichas semanas, así como la prestación
económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.